martes, 29 de mayo de 2012

Subsidios para Ampliación de la Vivienda

 

¿En qué consiste?

Este subsidio permite ampliar la vivienda de familias vulnerables y de sectores emergentes, apoyando el financiamiento de las siguientes obras:
  • Dotación de uno o más dormitorios nuevos en la vivienda.
  • Construcción de lavadero o loggia, o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
  • Construcción de estar-comedor o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
  • Construcción de baño o cocina o aumento de la superficie de los recintos existentes destinados a estos fines.
  • Ampliación de dormitorio.
El subsidio que se puede obtener variará de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda y de la superficie original del inmueble. En ampliaciones de casas (y dependiendo del tipo de proyecto) el monto máximo fluctúa entre 90 y 270 UF. En ampliaciones de departamentos (y dependiendo del tipo de proyecto) el monto máximo fluctúa entre 95 y 350 UF.

Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 5 UF.

¿A quién está dirigido?

A familias en situación de vulnerabilidad social y de grupos emergentes (con máximo 13.484 puntos en su Ficha de Protección Social -FPS-), propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado, con o sin subsidio habitacional, y localizada en zonas urbanas o rurales.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • En postulaciones individuales contar con máximo 13.484 puntos en la FPS. En postulaciones colectivas el 40% de los integrantes puede superarlo.
  • Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.
  • Además, la vivienda debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).
  • Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
  • Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
  • No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del Título III de este programa y/o del Título III del antiguo Subsidio Rural.
  • Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
  • Contar con un constructor o contratista inscrito en los Registros del Minvu, para la ejecución de las obras.
  • En postulaciones colectivas los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
  • Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
  • Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM).

¿Dónde y cómo se postula?

Se postula a los llamados en forma individual o en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique.

El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular. Ver las fechas de postulación.

¿Cómo se efectúa la selección?

Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”. La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados. Los factores de puntaje son los siguientes:.
  • Antigüedad de la postulación.
  • FPS.
  • Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
  • Hacinamiento.
  • Antigüedad de la vivienda.
  • Tipo de proyecto.
Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio.

Costo:

La postulación a este beneficio no tiene costo.

Resultado:

Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para Ampliación de la Vivienda”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).

El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
Fuente: http://www.minvu.cl/opensite_det_20110425114055.aspx

martes, 22 de mayo de 2012

Nuevo Subsidios

Se aprobó el nuevo Subsidio Habitacional DS49 para sectores vulnerables.


Su publicación en el Diario Oficial sería la primera semana de Mayo y se espera que el primer llamado se realice antes de fin de Mayo.
Este Lunes 23 de Abril, la Contraloría General de la República tomo razón del nuevo Decreto Supremo D.S. 49 que reemplaza al antiguo D.S. 174 título I, destinado a los denominados Sectores Vulnerables.

Según manifestó este Martes el subsecretario de Vivienda y Urbanismo, Juan Carlos Jobet, “se están introduciendo mayores cuotas de libertad en la política habitacional y el DS 49 es una muestra de ello, ya que las familias pueden postular solas o en grupo, con EGIS (Entidad de Gestión Inmobiliaria Social) o directamente en los Serviu del país, podrán adquirir casas nuevas o usadas y también construir su futura vivienda en sus propios terrenos.

Este Subsidio Habitacional DS49 está orientado a las familias sin vivienda, que viven en situación de vulnerabilidad social, y cuyo puntaje de Carencia Habitacional en su Ficha de Protección Social (FPS) es igual o menor a los 8.500 puntos.

Los valores de vivienda para este subsidio están comprendidos entre los 750 UF, 800 UF, 850 UF ó 950 Unidades de Fomento, es decir, entre $16.500.000 y $20.900.000, aproximadamente.

Los montos del Subsidio dependen de la comuna o localidad del país donde se postula para comprar o construir. El subsidio parte con un valor base de 280 UF, 320 UF, 360 UF ó 420 UF, a cual se pueden ir agregando Subsidio adicionales como a :

La Localización, que puede llegar hasta 200 UF (alrededor de $4.300.000),

por mayor superficie construida que supere los 37,5 m2, con un tope de 50 UF (alrededor de $1.100.000); Y,

Subsidio por discapacidad, en el que en la vivienda se implementan obras que mejoran las condiciones de habitabilidad para personas con discapacidad, pudiendo acceder a un subsidio variable de hasta 20 UF (alrededor de $430.000).

Por ejemplo, en la Región Metropolitana el monto máximo es de 800 UF, unos $17.500.000, aproximadamente.

Respecto a la fecha del primer llamado para el Subsidio DS49, a realizarse a fines de Mayo, en cuanto tengamos mayor información la publicaremos a la brevedad.

Según fuentes del Minvu. este primer llamado sería exclusivamente para postulación grupal. Por tanto, se deberá esperar hasta el segundo llamado para la postulación individual.

IMPORTANTE
Les recordamos que el ahorro requerido en su Libreta de Ahorro para la vivienda es de 10UF, y si el llamado es en Mayo, este ahorro debe estar depositado en la cuenta antes del 30 de Abril para poder postular en este llamado.