martes, 19 de junio de 2012

Beneficios para Deudores Habitacionales 2012

El Decreto Supremo N°78, (V. y U.), de 2012 tiene como objetivo principal ampliar el plazo de postulación para apoyar a deudores habitacionales que no pudieron postular al beneficio establecido por el D.S.12, (V. y U.), de 2011 y que reúnen las condiciones para acceder a los beneficios establecidos por dicho decreto.
El Gobierno entregará un porcentaje de subvención al dividendo de acuerdo al puntaje que tenga el postulante en su Ficha de Protección Social al día 30 de Noviembre de 2010.
Los postulantes deben realizar el trámite entre el 02 y el 31 de mayo de 2012. No serán  recibidas las fichas de postulación fuera de este plazo.
Todos los beneficios establecidos en el Decreto Supremo N° 78 (V. y U.), de 2012 rigen sólo para deudores que, cumpliendo con los requisitos, hayan obtenido su vivienda con anterioridad al 11 de abril de 2011.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo informa que la postulación a los beneficios contemplados en el DS. N°12, (V. y U.), de 2011, artículo 7°, no tienen ningún costo a excepción del pago sólo de 1 ó 2 UF, dependiendo si sus dividendos se encuentran al día o en mora, el que deberá ser efectuado directamente en el Banco o entidad financiera que le otorgó su crédito, en el momento que ello le sea comunicado.

lunes, 18 de junio de 2012

 

Subsidios para Equipamiento Comunitario o Mejoramiento del Entorno

¿En qué consiste?

Este subsidio permite a familias vulnerables o de grupos emergentes construir, mantener o reparar el equipamiento comunitario o los bienes nacionales de uso público cercanos a sus viviendas, o efectuar obras en el terreno donde se emplaza su condominio.
Apoya el financiamiento de las siguientes obras:
  • Mejoramiento de Espacios Públicos: Cierros, iluminación y otras similares.
  • Construcción o Mejoramiento de Inmuebles de Equipamiento Comunitario: Infocentros, juegos infantiles, sedes sociales, multicanchas, mobiliario urbano y otras similares.
  • Mejoramiento en el Terreno de la Copropiedad: Áreas verdes, estacionamientos, juegos infantiles, luminarias, cierres perimetrales y otras similares.
  • De Innovaciones de Eficiencia Energética en Espacios públicos, Equipamiento o Bienes Comunes No Construidos: Colectores solares, iluminación solar, tratamientos de separación de aguas y otras similares.
El subsidio máximo que se puede obtener varía de 12 a 16 UF, de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda.
Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 1 UF.

¿A quién está dirigido?

A familias propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales. También pueden postular familias arrendatarias en caso de proyectos de mejoramiento de espacios públicos, o de proyectos de construcción o mejoramiento de inmuebles destinados a equipamiento comunitario.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
  • Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de una de las viviendas que integre el proyecto, la cual debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento); excepto si se postula a obras de mejoramiento de espacios públicos o de construcción o mejoramiento de equipamiento comunitario.
  • Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
  • Los postulantes a obras de Mejoramiento de Espacios Públicos o de Proyectos de Construcción o Mejoramiento de Inmuebles destinados a Equipamiento Comunitario, pueden eximirse de presentar el ahorro mínimo si cuentan con aportes de terceros que a lo menos le sean equivalentes.
  • Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
  • No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del programa de Mejoramiento de la Vivienda Familiar y su Entorno.
  • Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
  • Contar con un constructor o contratista inscrito en el Registro de constructores del Minvu, para la ejecución de las obras.
  • Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
  • Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM), cuando el proyecto lo requiera.
  • Si el proyecto se ubica en terreno municipal, contar con un comodato de a lo menos 10 años a favor del grupo postulante.
  • Si el proyecto se ubica en bienes nacionales de uso público debe contar con permiso municipal para intervenirlo.

¿Dónde y cómo se postula?

Se postula a los llamados en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique. Ver las fechas de postulación.
El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular.

¿Cómo se efectúa la selección?

Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”.
La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados.
Los factores de puntaje son los siguientes:
  • Antigüedad de la postulación.
  • Ficha de Protección Social (FPS). La presentación de este instrumento será voluntaria.
  • Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
  • Mejoramiento de un bien nacional de uso público.
  • Equipamiento comunitario y/o mejoramiento del entorno cuyo destino sea infocentros.
  • Tipo de proyecto.
Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio Web.

Costo:

La postulación a este beneficio no tiene costo.

Resultado:

Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para el Equipamiento Comunitario y/o Mejoramiento del Entorno”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).
El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).

Fuente : http://www.minvu.cl/

martes, 12 de junio de 2012

Todo lo que necesita saber sobre subsidios para construcción o mejoras de vivienda propia

1. ¿Qué es el subsidio para construcción en sitio propio?

Es una auxilio entregado por el gobierno nacional a través del cual un ciudadano accede a una vivienda de interés social mediante la construcción de ésta en un terreno/predio propio.

2. ¿Qué criterios son tenidos en cuenta para asignar el subsidio?
Los requerimientos básicos para construir en un terreno o lote propio son los siguientes: el predio debe estar ubicado en una zona urbana, lejos de zonas de alto riesgo (derrumbes). El predio debe encontrarse registrado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de las personas que hagan parte del núcleo familiar que se postuló como candidato para recibir el beneficio.

3. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a este subsidio?

  • Tener un núcleo familiar de 2 o más personas
  • Los ingresos del núcleo familiar no podrán exceder el monto de los cuatro salarios minimos legales vigentes.
  • Los postulantes no deben ser propietarios de otro predio o inmueble diferente de aquel para el que están solicitando el subsidio.
  • Contar con una ahorro (cesantías, ahorro don recursos propios) equivalente al 10% del valor total de la vivienda que se desea mejorar o construir o mejorar. Este requisito debe ser acreditado con una certificación cuya fecha de expedición no puede superar los 30 días.
  • Si el caso aplica, es necesario un documento de identidad expedido por una autoridad competente que acredite la condición de mujer u hombre cabeza de hogar y madre comunitaria Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • No haber sido beneficiario de otros subsidios otorgados por el gobierno para la compra de vivienda.
  • Demostrar que el valor faltante requerido para concluir las labores de construcción/mejora del inmueble es respaldado por una entidad financiera legalmente constituida.

4. ¿Qué documentos debo presentar para postularme?

  • Formulario de solicitud completamente diligenciado.
  • Certificado laboral.
  • Copia de las cedulas de ciudadanía de los mayores de edad.
  • Registro civil de nacimiento de los miembros que conforman el hogar.
  • Registro civil de matrimonio o declaración de unión libre de hecho.
  • Si aplica, declaración extra juicio en donde se acredite la condición de mujer cabeza de hogar o se acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar.
  • Si el ahorro presentado esta representado por cesantías, certificación(es) del(os) fondo(s) de cesantías donde serán radicadas, con el valor destinado a la vivienda y fecha de inmovilización, nombre y cedula del titular, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Certificado no superior a 30 días de la evaluación de la capacidad de crédito o carta de aprobación del mismo, emitida por parte de la entidad financiera respectiva donde se registre el valor del préstamo
  • Presupuesto de obra: Mano de obra y materiales especificando en espacio a construir.
  • Avalúo catastral del predio
  • Certificado de tradición y libertad, con fecha de expedición no mayor a 30 dias.
Fuente:http://www.casas.com.

martes, 5 de junio de 2012

Piñera entrega subsidios para la clase media y grupos emergentes de la Región Metropolitana

Se trata de 6 mil 210 subsidios, de los cuales ya fueron entregados 3 mil 600 en todo el país. Además se estima que estos beneficios en vivienda llegarán a 39 mil durante el presente año, con una inversión total de 249 mil millones de pesos.
El Presidente Sebastián Piñera junto al ministro de Vivienda, Rodrigo Pérez y el alcalde de Santiago, Pablo Zalaquett, participaron de la ceremonia de entrega de subsidios para la clase media y grupos emergentes de la Región Metropolitana.
En el paseo Bulnes y ante varias de las familias beneficiadas, el mandatario sostuvo que “esto es simplemente cumplir con un compromiso de pagar una deuda que la sociedad tenía con nuestra clase media. Por eso, quiero reiterar una vez más el compromiso de nuestro Gobierno con ayudar a nuestra clase media para que pueda tener una vida con más alegría, con más seguridad, con más esperanza”.
Asimismo dijo que “las familias que nos acompañan hoy día son nuestra mejor retribución. Ver las sonrisas en las caras de las madres, de los padres, de las abuelitas y de los niños, es el mejor estímulo que puede tener un Gobierno”.

Fuente: http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2012/06/03/pinera-entrega-subsidios-para-la-clase-media-y-grupos-emergentes-de-la-region-metropolitana/

martes, 29 de mayo de 2012

Subsidios para Ampliación de la Vivienda

 

¿En qué consiste?

Este subsidio permite ampliar la vivienda de familias vulnerables y de sectores emergentes, apoyando el financiamiento de las siguientes obras:
  • Dotación de uno o más dormitorios nuevos en la vivienda.
  • Construcción de lavadero o loggia, o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
  • Construcción de estar-comedor o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
  • Construcción de baño o cocina o aumento de la superficie de los recintos existentes destinados a estos fines.
  • Ampliación de dormitorio.
El subsidio que se puede obtener variará de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda y de la superficie original del inmueble. En ampliaciones de casas (y dependiendo del tipo de proyecto) el monto máximo fluctúa entre 90 y 270 UF. En ampliaciones de departamentos (y dependiendo del tipo de proyecto) el monto máximo fluctúa entre 95 y 350 UF.

Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 5 UF.

¿A quién está dirigido?

A familias en situación de vulnerabilidad social y de grupos emergentes (con máximo 13.484 puntos en su Ficha de Protección Social -FPS-), propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado, con o sin subsidio habitacional, y localizada en zonas urbanas o rurales.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • En postulaciones individuales contar con máximo 13.484 puntos en la FPS. En postulaciones colectivas el 40% de los integrantes puede superarlo.
  • Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.
  • Además, la vivienda debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).
  • Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
  • Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
  • No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del Título III de este programa y/o del Título III del antiguo Subsidio Rural.
  • Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
  • Contar con un constructor o contratista inscrito en los Registros del Minvu, para la ejecución de las obras.
  • En postulaciones colectivas los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
  • Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
  • Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM).

¿Dónde y cómo se postula?

Se postula a los llamados en forma individual o en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique.

El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular. Ver las fechas de postulación.

¿Cómo se efectúa la selección?

Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”. La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados. Los factores de puntaje son los siguientes:.
  • Antigüedad de la postulación.
  • FPS.
  • Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
  • Hacinamiento.
  • Antigüedad de la vivienda.
  • Tipo de proyecto.
Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio.

Costo:

La postulación a este beneficio no tiene costo.

Resultado:

Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para Ampliación de la Vivienda”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).

El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
Fuente: http://www.minvu.cl/opensite_det_20110425114055.aspx

martes, 22 de mayo de 2012

Nuevo Subsidios

Se aprobó el nuevo Subsidio Habitacional DS49 para sectores vulnerables.


Su publicación en el Diario Oficial sería la primera semana de Mayo y se espera que el primer llamado se realice antes de fin de Mayo.
Este Lunes 23 de Abril, la Contraloría General de la República tomo razón del nuevo Decreto Supremo D.S. 49 que reemplaza al antiguo D.S. 174 título I, destinado a los denominados Sectores Vulnerables.

Según manifestó este Martes el subsecretario de Vivienda y Urbanismo, Juan Carlos Jobet, “se están introduciendo mayores cuotas de libertad en la política habitacional y el DS 49 es una muestra de ello, ya que las familias pueden postular solas o en grupo, con EGIS (Entidad de Gestión Inmobiliaria Social) o directamente en los Serviu del país, podrán adquirir casas nuevas o usadas y también construir su futura vivienda en sus propios terrenos.

Este Subsidio Habitacional DS49 está orientado a las familias sin vivienda, que viven en situación de vulnerabilidad social, y cuyo puntaje de Carencia Habitacional en su Ficha de Protección Social (FPS) es igual o menor a los 8.500 puntos.

Los valores de vivienda para este subsidio están comprendidos entre los 750 UF, 800 UF, 850 UF ó 950 Unidades de Fomento, es decir, entre $16.500.000 y $20.900.000, aproximadamente.

Los montos del Subsidio dependen de la comuna o localidad del país donde se postula para comprar o construir. El subsidio parte con un valor base de 280 UF, 320 UF, 360 UF ó 420 UF, a cual se pueden ir agregando Subsidio adicionales como a :

La Localización, que puede llegar hasta 200 UF (alrededor de $4.300.000),

por mayor superficie construida que supere los 37,5 m2, con un tope de 50 UF (alrededor de $1.100.000); Y,

Subsidio por discapacidad, en el que en la vivienda se implementan obras que mejoran las condiciones de habitabilidad para personas con discapacidad, pudiendo acceder a un subsidio variable de hasta 20 UF (alrededor de $430.000).

Por ejemplo, en la Región Metropolitana el monto máximo es de 800 UF, unos $17.500.000, aproximadamente.

Respecto a la fecha del primer llamado para el Subsidio DS49, a realizarse a fines de Mayo, en cuanto tengamos mayor información la publicaremos a la brevedad.

Según fuentes del Minvu. este primer llamado sería exclusivamente para postulación grupal. Por tanto, se deberá esperar hasta el segundo llamado para la postulación individual.

IMPORTANTE
Les recordamos que el ahorro requerido en su Libreta de Ahorro para la vivienda es de 10UF, y si el llamado es en Mayo, este ahorro debe estar depositado en la cuenta antes del 30 de Abril para poder postular en este llamado.